Nacionalidad para refugiados

Nacionalidad para refugiados

Tenemos que considerar que no es lo mismo tener la condición de refugiado, que tener la condición de asilado o tener la condición de protección internacional.
En el articulo 22 del Código Civil se exige como requisito el tener el estatus de refugiado y la persona que solicita asilo aun no tiene la condición ni el estatus de refugiado.

Por lo que el plazo de 5 años para solicitar la nacionalidad española solo se aplicara si se tiene la condición de refugiado,pero no en el caso de tener la condición de asilado o tener la condición de protección internacional.

Es importante tener clara las diferencias para poder tramitar correctamente la nacionalidad española dentro de los plazos de residencia legal que correspondan.

Hay que tener en cuenta que si una solicitud de asilo fuera denegada, el solicitante quedaría a partir de ese momento en situación irregular, que a su vez le impediría solicitar la nacionalidad y si estuviera en el tramite de solicitud eta le seria denegada.

El Estado español nos ofrece la posibilidad de obtener la nacionalidad española después de un tiempo de residencia acreditado de 10 años, aunque en casos extraordinarios se puede acortar a solo 5 años de residencia acreditada en territorio español, este es el caso de los refugiados.
De esta forma con la condición de refugiado reconocida y la residencia en territorio español por 5 años se puede iniciar el proceso para solicitar la nacionalidad española por residencia.

La documentación general que han de acompañar a la solicitud de nacionalidad española son los siguientes:

  • Modelo de solicitud normalizado.
  • Tarjeta de Identidad de extranjero.
  • Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
  • Certificado de nacimiento, antecedentes penales del país de origen y, en caso que corresponda, de matrimonio, debidamente traducidos y legalizados.
  • Justificante de pago de la tasa.
  • Certificado de antecedentes penales de España y de empadronamiento.
  • Diplomas del Instituto Cervantes de la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) y la prueba de conocimiento de idioma español (DELE).

Además en cada caso especial se necesita de una documentacion que en QDabogados estaremos encantados de informarle cual es la que necesita en su caso. No dude en contactarnos.

FAQ Nacionalidad para refugiados

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