¿Se puede perder la tarjeta comunitaria?
La perdida de la tarjeta comunitaria es causada por la extinción de alguno de los requisitos exigibles.
La obtención de la tarjeta comunitaria es un trámite muy demandado por los extranjeros que llegan a España por las ventajas que otorga al poseedor para residir y trabajar en España tanto si es por cuenta ajena o por cuenta propia.
La obtención de la tarjeta comunitaria esta ligada al cumplimiento de los requisitos que los extranjeros puedan acreditar y que exista un vinculo con un ciudadano comunitario, puede ser su cónyuge, hijo, pareja registrada, padres, etc.
Los requisitos para la obtención de la tarjeta comunitaria los encontraras aquí.
¿ Pero que pasa cuando hay causas que te hacen perder la tarjeta comunitaria.?
Para renovar la tarjeta comunitaria cuando han pasado 5 años, el extranjero tiene que acreditar que durante ese periodo de tiempo ha mantenido todos y cada uno de los requisitos que tiene que cumplir para la obtención de la tarjeta comunitaria.
Eso quiere decir que conque falte uno de ellos ya es suficiente para perder la tarjeta comunitaria.
Perdida del vinculo con el ciudadano comunitario.
Como este permiso de residencia esta otorgado solo a aquellos que puedan acreditar un vinculo con un ciudadano comunitario, la perdida de ese vinculo causa la extinción de la tarjeta. Un divorcio por ejemplo es causa de extinción, aunque si el mismo dura mas de tres años, no pierde la condición de comunitario aunque se divorcie, es decir si se divorcia cuando lleva 3 años y un día , no pierde dicha condición.
Ademas de este hay otros casos recogidos en el RD 240/2007 de 16 de febrero Art. 9 que permiten al extranjero conservar su tarjeta.
Dejar de convivir con un ciudadano comunitario.
Cuando se solicita la tarjeta para reunirse con el familiar comunitario para una reagrupación familiar y residir juntos durante mas de 3 meses, la perdida de la convivencia con ese ciudadano comunitario puede dar lugar al inicio de un procedimiento de extinción del permiso.
Incapacidad para acreditar medios económicos.
Cuando un ciudadano comunitario quiere reagrupar, tiene que demostrar que posee medios económicos suficientes. Ya que es uno de los requisitos, también hay que mantenerlo para conservar la tarjeta, porque si perdemos esos medios suficientes dará lugar a la extinción de la tarjeta. Por ejemplo cuando se produzca la baja en la seguridad social del ciudadano comunitario y esta se comunica a la oficina de extranjería, el ciudadano comunitario tendrá que demostrar nuevamente que posee medios económicos suficientes.
Dejar de estar a cargo e alguien.
Cuando queremos reagrupar a determinados familiares del ciudadano comunitario, hijos mayores de 21 años, ascendientes y algunos casos de familia extensa, el estar a cargo de ellos es un requisito, hay que demostrar dependencia económica del ciudadano comunitario.
Por eso si el familiar reagrupado que cumple con esa condición empieza a trabajar y obtener su propio medio de vida, ya no esta a cargo del ciudadano comunitario y pierde el requisito del derecho a la concesión de la tarjeta comunitaria.
Superar el tiempo fuera de España.
La concesión de la tarjeta comunitaria inicialmente es temporal por una vigencia de 5 años, pero si el extranjero esta fuera de España mas de 6 meses en un año, provocara la extinción de su permiso.
Adquirir antecedentes penales.
Si hay razones de orden publico o de otra índole recogidas en el Art. 15 del RD 240/2007 de 16 de Febrero se puede proceder a la extinción de la tarjeta comunitaria